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n el debate filosófico sobre los derechos humanos, los más ultraliberales, los defensores del Estado mínimo, como fueran en su día Robert Nozick, Milton Friedman o Friedrich von Hayek, afirman que los únicos derechos que pueden ser considerados derechos humanos son los denominados derechos de la primera generación, los derechos negativos, los derechos de libertad, es decir, los derechos civiles y políticos, pero que los derechos de la segunda generación, los derechos positivos, inspirados en la igualdad, a saber, los económicos, sociales y culturales, no pueden ser considerados derechos universales y, por ende, no pueden formar parte de los derechos humanos. Es por ello que desde esta corriente del pensamiento que, en suma, es la que inspira a la derecha liberal en Occidente, se miran los impuestos con recelo, pues estos son, para ellos, poco menos que un robo, sobre todo si están dirigidos a redistribuir mínimamente la riqueza y a paliar las desigualdades sociales.
Frente al liberalismo conservador, ultraliberal o, para emplear una expresión más al uso, el neoliberalismo, se halla el liberalismo igualitario defendido por Johh Rawls o Ronald Dworkin, cuyos postulados son similares a los de la socialdemocracia europea. En esta línea, Ernst Tugendhat ha señalado que la propiedad privada que tanto preocupa a los teóricos del Estado mínimo es en realidad una institución social que viene respaldada por el propio Estado, sin el cual no podría existir. Y que tal Estado, que es el que garantiza la propiedad privada, para ser legítimo ante los no propietarios, debe hacerse cargo de una mínima redistribución de la riqueza que permita a todos acceder a unas condiciones materiales de vida dignas. La función principal de los derechos humanos es proteger la dignidad de las personas, y puesto que esta sufre tanto si se viola la libertad del individuo como si se atenta contra la igualdad, entonces resulta obvio que los derechos económicos, sociales y culturales son derechos humanos del mismo rango que los derechos civiles y políticos. Y tales derechos solo se pueden garantizar mediante el cobro de impuestos que habrán de ser progresivos y proporcionales a la riqueza de cada uno.
La propuesta de Tugendhat en torno al Estado legítimo, aun siendo más plausible que las diatribas neoliberales, adolece de un problema, ya que el Estado, en rigor, jamás será una institución legítima, pues la única relación que el individuo puede mantener con el Estado, para decirlo con Javier Muguerza, es la que mantiene el siervo con el señor. Mas si dejamos este matiz libertario para otro momento, ahora que en España el tema de los impuestos vuelve a estar en el centro de la contienda política, creo que conviene analizar las diferentes posiciones a la luz del debate en torno a los derechos humanos. Y es que el impuesto de patrimonio, el impuesto a las grandes fortunas, los impuestos a la banca y a las grandes compañías energéticas que defienden el Gobierno y los partidos de izquierdas son coherentes con una concepción de España como un Estado social y democrático de derecho, que es como se establece en la Constitución, mientras que estar en contra de estos impuestos, como hacen el Partido Popular y Ciudadanos, es más propio de quienes preferirían que España se definiera como un simple Estado liberal, si es que no un Estado democrático pero iliberal, como parece ser la propuesta de Vox.