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uando hace unos meses Mariano Rajoy formó gobierno tras obtener la mayoría
absoluta con menos de la mitad de los votos, paradojas de la democracia
representativa, no pocos fueron los que señalaron que el nuevo presidente había
sabido seleccionar como ministros a los más moderados del Partido Popular,
entre los cuales se encuentra el muy moderado José Ignacio Wert. Tan moderado
es Wert que él solito se ha enfrascado en una disputa con el Tribunal Supremo a
cuenta de la denominada educación diferenciada. Y es que en dos sentencias del
Supremo, cuyos miembros deben ser unos radicales comunistoides, se señala que
los colegios que practican la segregación por sexo no pueden recibir fondos
públicos porque discriminan. Y ante tal exceso de rojerío, Wert, haciendo gala de su moderación, no sólo afirmó
inmediatamente que los colegios que llevan a cabo la separación de marras no
discriminan, sino que acaba de asegurar que así mismo quedará recogido en la nueva ley de educación que está preparando el Gobierno.
El verbo discriminar
significa, según el Diccionario de la Real Academia Española, “seleccionar
excluyendo”, en una primera acepción, o “dar trato de inferioridad a una
persona o colectividad por motivos raciales, religiosos, políticos, etc.”, en
la segunda y última acepción recogida por el DRAE. Y si damos por buena la
definición académica, entonces queda claro que la educación diferenciada
discrimina, al menos si nos ceñimos a la primera acepción, pues en un colegio
en el que sólo se admiten alumnos de un mismo sexo, se selecciona a éstos y se
excluye a todos los demás. Otra cosa es que tal discriminación se haga porque
se considere que los miembros de un sexo sean superiores a los del otro. Mas si
atendemos al argumento esgrimido por los defensores de la educación
diferenciada según el cual la razón última de la diferenciación es que los
alumnos de sexos distintos tienen ritmos de aprendizaje distintos e incluso
capacidades intelectuales diferentes, entonces no podemos sino concluir que
también desde la perspectiva de la segunda acepción del verbo discriminar, la
educación diferenciada es discriminatoria.
Tal discriminación es
sencillamente inaceptable, tal como ha puesto de manifiesto el Tribunal
Supremo. Lo es porque una sociedad que pretende sustentarse sobre los
principios de libertad e igualdad, al menos en teoría, no puede permitir que se
dé un trato tan claramente discriminatorio a las personas en función de su sexo
en ningún ámbito de la vida social, menos aún en la educación si se persigue
que ésta contribuya realmente a la integración de los individuos y a la
construcción de una sociedad más justa e igualitaria. Y si esto es así,
entonces la cuestión no debería ser si los colegios que discriminan pueden ser
sufragados con fondos públicos, porque sencillamente no habrían de tener cabida
en un país que presume de democrático y de ser respetuoso con los derechos
humanos, por más que el moderado Wert asegure que la nueva ley de educación
recogerá expresamente que los colegios que practican la educación diferenciada
no discriminan, que es como decir que en los colegios que sólo aceptan a niños
no se impide el acceso a las niñas, o viceversa.
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