miércoles, 14 de julio de 2021

A vueltas con la meritocracia

 

E

n la utopía liberal, cada individuo habrá de disponer de las mismas oportunidades para prosperar social y económicamente en función, únicamente, de sus méritos y capacidades. Esto mismo es lo que señala Kant en Hacia la paz perpetua, cuando establece la igualdad jurídica como el segundo de los principios sobre los que debe sustentarse la constitución republicana: “Solo la constitución establecida de conformidad con los principios, primero de la libertad de los miembros de una sociedad (en cuanto hombres), segundo, de la dependencia de todos respecto a una única legislación común (en cuanto súbditos); y tercero, de conformidad con la ley de la igualdad de todos los súbditos (en cuanto ciudadanos), la única que deriva de la idea del contrato originario y sobre la que deben fundarse todas las normas jurídicas de un pueblo, es republicana”. En opinión de Kant, si la ley es la misma para todos y obliga a todos por igual, tal como establece el segundo principio, entonces las desigualdades sociales ya no serían responsabilidad del Estado, sino que derivarían de las diferencias de mérito y capacidad entre los individuos.

            Esta concepción meritocrática de la justicia distributiva se remonta, como mínimo, a Aristóteles, quien, como es sabido, considera que el reparto de los bienes, para que sea justo, ha de ser proporcional a los méritos. Así lo señala el Estagirita en la Ética a Nicómaco, su más importante tratado de filosofía moral, donde se puede leer: “En efecto, la justicia distributiva de lo que es común está siempre de acuerdo a la proporción que hemos explicado: incluso si la distribución se hace sobre bienes comunes a varios se hará siempre en la proporción en que estén las contribuciones aportadas”. De ahí que, al menos en lo que a la justicia distributiva se refiere, en general se admita que para Aristóteles lo justo no es el reparto igualitario de los bienes sino el reparto proporcional a los méritos. La justicia, entonces, estaría más vinculada al concepto de proporción que al de estricta igualdad. Y acaso sea esta la razón por la que se tienda a contraponer meritocracia con igualitarismo.

            Sin embargo, es conveniente tener en cuenta que, tal como ha señalado el filósofo Ernst Tugendhat, incluso una concepción de la justicia distributiva como la aristotélica está fuertemente vinculada al concepto de igualdad, pues si la distribución de los bienes ha de ser proporcional a los méritos, resulta evidente que a quienes aporten iguales méritos habrán de corresponderles iguales bienes, si no se quiere incurrir en una injusticia flagrante. De donde se desprende que la oposición entre meritocracia e igualitarismo no es del todo acertada. La crítica que cabría hacer a la meritocracia, la que yo suscribiría al menos, no iría tanto contra la meritocracia en sí, cuya equiparación con la justicia también sería discutible, sino que estaría dirigida ante todo contra la falsa meritocracia que se presenta como auténtica en el capitalismo real, el cual dista mucho de la utopía liberal. Pues es un hecho que la desigualdad extrema es una realidad, y si ya resulta difícil creer que la riqueza de unos pocos se deba en general a sus méritos, se me antoja del todo impensable que la pobreza de los más desfavorecidos se deba fundamentalmente a que no se esfuerzan lo suficiente.

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